Mar. Ene 21st, 2025

Los derechos de los pasajeros son un pilar fundamental de la política de protección del consumidor de la UE, ya que garantiza un trato justo, transparencia y compensación a los viajeros.


El pasado jueves, 5 de diciembre, se celebró en Bruselas la reunión del Consejo de Transportes de la UE, en la que los ministros de transportes de los 27 Estados miembros llegaron a una serie de acuerdos bajo la presidencia húngara europea.


En dicha reunión y entre otros asuntos de interés, el Consejo adoptó su orientación general en relación con los Reglamentos sobre la garantía del cumplimiento de los derechos de los viajeros en la UE y sobre los derechos de los viajeros en el contexto de los viajes multimodales, como parte del denominado «Paquete legislativo sobre la Movilidad de los Viajeros», que le permite entablar negociaciones interinstitucionales con el Parlamento Europeo sobre estos expedientes. Las dos propuestas tienen por objeto subsanar las deficiencias del marco vigente respecto de la aplicación y la garantía del cumplimiento de los derechos de los viajeros, en particular mejorando el acceso a la información. Los derechos de los pasajeros son un pilar fundamental de la política de protección del consumidor de la UE,
ya que garantiza un trato justo, transparencia y compensación a los viajeros.


La segunda propuesta trata de subsanar las lagunas normativas en relación con las obligaciones y responsabilidades de los distintos proveedores de servicios de transporte que intervienen en los viajes multimodales, en los que los pasajeros utilizan múltiples modos de transporte para desplazarse de un lugar a otro. Al respecto, gracias a las observaciones de CONFEBUS y al trabajo realizado por el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible y la Representación Permanente de España ante la UE, junto con la IRU, los servicios discrecionales han quedado fuera del ámbito de aplicación de la posición del Consejo en la propuesta de Reglamento de derechos de viaje multimodales.


A medida que aumenta el número de pasajeros, en particular para los viajes multimodales reservados a través de intermediarios, las normas claras y armonizadas son cada vez más importantes. Los enfoques generales sobre los derechos de los pasajeros tienen que fortalecer la protección de los pasajeros y mantener la viabilidad operativa para los proveedores de transporte.


Sin embargo, yendo más allá de la propuesta de la Comisión Europea, algunos países pretendían establecer para los servicios discrecionales muchas más obligaciones, por encima de las que actualmente permite la legislación vigente en esta materia, tanto en el Reglamento de derechos de pasajeros que viajan en autobús y autocar como en la Directiva de viajes combinados.


En este sentido, se acoge favorablemente la decisión del Consejo de eliminar los estándares de servicio poco prácticos y simplificar los procesos de presentación de quejas al adaptarse a los requisitos lingüísticos. Sin embargo, destaca la insistencia en la comunicación electrónica obligatoria para el reembolso y la compensación, que ignora las realidades a las que se enfrentan muchos operadores de autobuses. El sector del transporte de viajeros por carretera está formado en gran parte por PYMEs, muchas de las cuales carecen de infraestructura digital. Permitir a los pasajeros presentar quejas y reclamaciones de reembolso en papel proporcionaría una flexibilidad muy necesaria.

El nuevo marco respeta las exenciones cruciales, como los servicios de menos de 250 km y los servicios discrecionales, y reconoce los desafíos únicos del transporte por carretera en relación con la seguridad vial y la compartición de las infraestructuras viarias con otros usuarios.

Aclarar el alcance de la legislación era vital. El ecosistema del transporte en autobús es diverso, siendo algunos servicios típicos de larga distancia, mientras que otros se rigen por obligaciones públicas o por la Directiva sobre Viajes Combinados. Reconocer estas diferencias garantiza que tanto los pasajeros como los operadores tengan expectativas claras y justas.

También se apoyan los períodos de reembolso extendidos en casos de conexiones pérdidas durante viajes multimodales (15 días para transacciones de empresa a empresa y 30 días para los consumidores), que se alinean con las realidades financieras de la industria del transporte en autobuses.

Con la posición del Consejo finalizada, la atención se dirige ahora al Parlamento Europeo, donde la Comisión de Transporte y Turismo aún no ha adoptado su posición. CONFEBUS e IRU instan al Parlamento a priorizar la armonización con la legislación sectorial y las soluciones prácticas para las PYMEs, incluida la opción de presentar las reclamaciones y quejas en papel y una delimitación más clara de la responsabilidad en la propuesta multimodal mediante el establecimiento de definiciones específicas para transportistas, proveedores de transportistas e intermediarios. CONFEBUS e IRU siguen comprometidas a garantizar que los textos finales logren un equilibrio entre una sólida protección de los pasajeros y la viabilidad operativa para los operadores de transporte.

Por Mayte

Periodista especializada en movilidad y transporte público de viajeros. Editora de las revistas Carril Bus y City Motion

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