Mié. May 1st, 2024
A* Jesús M Garzaron F* 2019_11_12 T* Presentación de los autobuses a Soria. NBUS. Bernardo Cirirza, consejero de Cohesión Territorial L* Estación autobuses

Según nos informa CONFEBUS, las CC.AA de Cataluña, Castilla-La Mancha, La Rioja, Islas Baleares, Galicia, Comunidad Valenciana, Murcia, País Vasco y Melilla ya han publicado estas ayudas.

En cuanto a lo que se puede pedir, según indica CONFEBUS, es lo que ya estableció el Gobierno en el Real Decreto de noviembre del año pasado y son las siguientes ayudas:

  1. Actividad 1: Achatarramiento de vehículos matriculados en España antes del 1 de enero de 2019 (máximo 30 vehículos por destinatario último y convocatoria en cada Comunidad Autónoma o ciudad de Ceuta y Melilla, salvo personas físicas que tendrán un límite de un vehículo por destinatario último)
Categoría de vehículoAchatarramiento
Importe unitario de la subvención (€)
Vehículo
Euro V o EEV(5)
Vehículo
Euro IV o Euro III
Vehículo
Euro II o más antiguo
M2.20.0009.0004.000
M3.25.00012.0006.000
  • Actividad 2: Adquisición de vehículos de energías alternativas bajas en carbono: Se establece un límite máximo de ayuda de cincuenta vehículos por destinatario último y convocatoria, en cada Comunidad Autónoma o en las ciudades de Ceuta y Melilla, salvo personas físicas, que tendrán un límite de un vehículo por destinatario. Las cuantías para vehículos M son las siguientes y se excluyen a los vehículos híbridos o de gas incluidos en la definición de «suelo bajo» según la normativa europea:
Categoría y clase de vehículoTipo de beneficiarioAdquisición de vehículos
Importe unitario de la subvención (€) por tecnología
Híbrido Simple
(HEV)
Híbrido Enchufable (PHEV) o REEVGas: GNC, GNLEléctrico (BEV)Hidrógeno (FCV, FCHV)
M.
Clase A.
Autónomo y Pequeña empresa.25.00030.00025.00065.00065.000
Mediana empresa.20.00025.00020.00055.00055.000
Gran empresa.15.00020.00015.00045.00045.000
M.
Clase B.
Autónomo y Pequeña empresa.35.00045.00035.000130.000130.000
Mediana empresa.30.00040.00030.000110.000110.000
Gran empresa.25.00035.00025.00090.00090.000
M.
Clase I (longitud máxima de 15m).
Autónomo y Pequeña empresa.50.00060.00022.000170.000170.000
Mediana empresa.40.00050.00018.000145.000145.000
Gran empresa.30.00040.00014.000120.000120.000
M.
Clase I (longitud mayor de 15m).
Autónomo y Pequeña empresa.60.00070.00025.000200.000200.000
Mediana empresa.50.00060.00020.000175.000175.000
Gran empresa.40.00050.00015.000150.000150.000
M.
Clase II.
Autónomo y Pequeña empresa.60.00070.00050.000180.000180.000
Mediana empresa.50.00060.00040.000155.000155.000
Gran empresa.40.00050.00030.000130.000130.000
M.
Clase III.
Autónomo y Pequeña empresa.30.00040.00030.000180.000180.000
Mediana.25.00035.00025.000155.000155.000
Otras.20.00030.00020.000130.000130.000

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  • Actividad 3: «Retrofit» o modificación de la forma de propulsión de vehículosEl destinatario de la ayuda deberá ser titular del vehículo a modificar y no podrá superar los diez años de antigüedad contados desde su primera matriculación. Ambos periodos de tiempo se contarán hasta el momento de la fecha de registro de la solicitud en la convocatoria. El destinatario de la ayuda deberá aportar fotocopia del permiso de circulación del vehículo y fotocopia de la tarjeta ITV donde se acredita la reforma de transformación del tren de potencia. Se establece un límite máximo de ayuda de cincuenta vehículos por destinatario último y convocatoria, en cada Comunidad Autónoma o ciudad de Ceuta y Melilla, salvo personas físicas, que tendrán un límite de un vehículo por destinatario.
Categoría de vehículoRetrofit
Importe unitario de la subvención (€)
Transformación para que el vehículo sea propulsado al 100% con electricidad o hidrógeno como energía primaria (BEV, FCV o FCHV)Transformación para que el vehículo funcione en su totalidad como vehículo de gas (GNC o GNL) siempre que cumpla con el estándar Euro VI-E
M218.0006.000
M320.0007.000 
  • Actividad 4: Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricosSe establecen las siguientes cuantías por cada punto de recarga para vehículo pesado tipo M2 o M3:
Potencia de punto de recargaImporte unitario de la subvención (€)
Punto de recarga de baterías para vehículos eléctricos totalmente instalado y con acceso para vehículos pesados, con potencia igual o superior a 50 kW e inferior a 100 kW.10.000
Punto de recarga de baterías para vehículos eléctricos totalmente instalado y con acceso para vehículos pesados, con potencia igual o superior a 100 kW e inferior a 150 kW.25.000
Punto de recarga de baterías para vehículos eléctricos totalmente instalado y con acceso para vehículos pesados, con potencia igual o superior 150 kW e inferior a 350 kW.40.000
Punto de recarga de baterías para vehículos eléctricos totalmente instalado y con acceso para vehículos pesados, con potencia igual o superior 350 kW.

Por Mayte

Periodista especializada en movilidad y transporte público de viajeros. Editora de las revistas Carril Bus y City Motion

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