La participación de la Asociación Nacional de Empresarios de Transportes en Autocares (ANETRA) en Feria Bus ha servido para arrojar luz sobre uno de los aspectos que más dudas sigue generando entre las empresas de transporte discrecional de viajeros: la correcta aplicación de la normativa europea sobre tiempos de conducción, pausas y períodos de descanso.

En una ponencia centrada específicamente en las excepciones aplicables al transporte discrecional, Mari Carmen González, directora de ANETRA, y Blanca Francés, vicepresidenta de la asociación, desgranaron los principales cambios introducidos por el Reglamento (UE) 2024/1258, que modifica el Reglamento (CE) 561/2006 y reconoce las particularidades operativas de este tipo de servicios.

Una normativa pensada para la realidad del discrecional

Durante su intervención, las representantes de ANETRA recordaron que el objetivo de la modificación normativa no es relajar las exigencias de seguridad, sino adaptar las reglas a la realidad del transporte discrecional, caracterizado por la estacionalidad, los itinerarios variables y los servicios de varios días de duración.

El nuevo reglamento introduce mayores márgenes de flexibilidad en tres ámbitos clave: las pausas durante la conducción, el descanso diario y el descanso semanal, siempre bajo condiciones estrictas y perfectamente delimitadas.

Flexibilidad en la pausa de 45 minutos

Uno de los puntos más destacados de la ponencia fue la aclaración sobre la pausa obligatoria tras 4 horas y media de conducción. Tal y como explicó ANETRA, esta pausa de 45 minutos puede dividirse en dos intervalos, siempre que cada uno tenga una duración mínima de 15 minutos y que la suma total alcance los 45 minutos.

Esta posibilidad permite adaptar las pausas a las paradas reales del servicio discrecional —visitas, comidas o esperas del grupo— sin alterar el tiempo total de descanso exigido por la norma.

Posponer el descanso diario: una excepción muy concreta

Otro de los aspectos abordados fue la posibilidad de retrasar el inicio del descanso diario en una hora, pasando de las 24 a las 25 horas desde el final del descanso anterior. ANETRA insistió en que esta medida no es automática ni generalizada, sino una excepción aplicable únicamente cuando se cumplen todos los requisitos.

En concreto, solo puede utilizarse en un único servicio discrecional de seis días o más, siempre que el tiempo total de conducción del día no supere las siete horas. Además, esta excepción solo puede aplicarse una vez en servicios de seis o siete días, y hasta dos veces cuando el viaje tenga una duración mínima de ocho días consecutivos.

La regla de los 12 días también para servicios nacionales

La ponencia de ANETRA también puso el foco en uno de los cambios más relevantes para el sector: la extensión de la llamada “regla de los 12 días” al transporte discrecional nacional, una opción que hasta ahora solo se contemplaba para servicios internacionales.

Gracias a esta modificación, los conductores pueden aplazar el descanso semanal hasta doce períodos consecutivos de 24 horas, siempre que antes del inicio del servicio se haya realizado un descanso semanal normal de 45 horas y que, al finalizar, se compensen los descansos conforme a lo previsto en la normativa europea.

Conducción nocturna y número de conductores

Durante la aplicación de estas excepciones, ANETRA recordó una condición especialmente relevante para los servicios de largo recorrido. En el período comprendido entre las 22:00 y las 06:00 horas, si el vehículo cuenta con un solo conductor, el tiempo máximo de conducción continuada se reduce a tres horas. Para mantener el límite general de 4 horas y media, el vehículo debe estar ocupado por varios conductores.

La importancia de la hoja de ruta

Más allá de las excepciones, la ponencia incidió en la necesidad de justificar correctamente su aplicación. Los conductores deben llevar a bordo la hoja de ruta del servicio y conservar las correspondientes a los 56 días anteriores, en formato papel o electrónico.

Este requisito es clave para los controles en carretera y será sustituido en el futuro por una hoja de ruta digital, cuando los sistemas de tacógrafo lo permitan, tal y como prevé la normativa comunitaria.

Un mensaje claro al sector

Desde Feria Bus, ANETRA quiso trasladar un mensaje inequívoco a las empresas: las excepciones existen, pero deben aplicarse con rigor. Un uso incorrecto o fuera de los supuestos previstos puede derivar en sanciones, incluso cuando la empresa considere que el servicio encaja en el transporte discrecional.

Con esta ponencia, ANETRA refuerza su papel como referente informativo y técnico del sector, apostando por la divulgación normativa como herramienta para mejorar la seguridad vial, la planificación empresarial y la seguridad jurídica de las empresas de transporte en autocar.

Por Mayte

Periodista especializada en movilidad y transporte público de viajeros. Editora de las revistas Carril Bus y City Motion

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