El pasado jueves en las jornadas de EXPOBUS IBERIA, Juan Manuel Gayo, Director Ejecutivo de Direbus, nos ha expuesto el criterio que en relación  al cabotaje de vehículos de transporte discrecional de viajeros han determinado los tribunales europeos este pasado mes de octubre, una sentencia que limita el cabotaje a siete días seguidos en el periodo de un mes.

La sentencia de octubre de 2025 respondía a una demanda de la Comisión Europea al Estado de Dinamarca. El TJUE respondía a la misma afirmando que los estados miembros de la UE puedan limitar el cabotaje en autobús para servicios discrecionales. Así, en Dinamarca se limitó con efectos del 1 de noviembre de 2019 que los vehículos de servicio discrecional pudieran prestar servicio más de 7 días consecutivos en el periodo de un mes.

La sentencia pone un pequeño freno a esa competencia desleal de algunas empresas internacionales que operan en terceros países a precios más bajos generando malestar entre el sector empresarial del país. Según comentaba Juan Manuel Gayo, algunas empresas operan con salarios de sus empleados hasta un 60% más bajos con respecto a los de los profesionales españoles. Y añadía, «se trata de una medida que desde Direbus se ve positiva para que se implante en España dentro del sector discrecional de viajeros, pudiendo competir en igualdad de condiciones».

Por Mayte

Periodista especializada en movilidad y transporte público de viajeros. Editora de las revistas Carril Bus y City Motion

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