La información ha sido facilitada por AUMOVIO, compañía especializada en soluciones tecnológicas para la movilidad

Madrid, 17 de febrero de 2026.
Las empresas de transporte de viajeros por carretera, especialmente aquellas que operan servicios internacionales de autobús y autocar, ya están obligadas a equipar sus vehículos con el tacógrafo inteligente de segunda generación. Así lo advierte AUMOVIO, compañía tecnológica especializada en soluciones para la movilidad, que recuerda que el incumplimiento de esta normativa europea puede considerarse una infracción muy grave.

Según la información trasladada por AUMOVIO, circular sin este dispositivo —o con una versión incorrecta— puede conllevar sanciones económicas elevadas, la inmovilización del vehículo e incluso la pérdida de la honorabilidad de la empresa, un aspecto especialmente sensible para los operadores de transporte de viajeros.

Un requisito clave para los servicios internacionales de autobús

La obligación afecta a los vehículos de más de 3,5 toneladas que realizan transporte internacional, un ámbito en el que operan numerosas empresas de autobuses españoles, tanto en líneas regulares como en servicios discrecionales y turísticos. Aunque la normativa es común en toda la Unión Europea, la aplicación de las sanciones varía según el país, lo que complica la operativa diaria de las flotas.

El tacógrafo inteligente de segunda generación incorpora funciones avanzadas como el registro automático del cruce de fronteras, la localización del vehículo en determinados momentos de la actividad, sistemas de detección de posibles manipulaciones y autenticación mediante Galileo. Tal y como explica AUMOVIO, estas prestaciones refuerzan la transparencia, la seguridad vial y el control del cumplimiento de los tiempos de conducción y descanso, aspectos esenciales en el transporte de pasajeros.

Sanciones en los corredores más utilizados por los autobuses españoles

AUMOVIO destaca especialmente los riesgos en corredores estratégicos para el sector del autobús, como el Corredor Mediterráneo y el Corredor Atlántico, habituales en los servicios internacionales desde España.

En el Corredor Mediterráneo, no disponer del tacógrafo homologado puede suponer multas de hasta 2.001 euros en España, mientras que en Francia las sanciones pueden alcanzar los 30.000 euros o incluso penas de prisión. En Italia, las multas oscilan entre 866 y 3.464 euros, entre otras consecuencias administrativas.

Por su parte, el Corredor Atlántico —que conecta España con Portugal, Francia, Alemania e Irlanda— presenta un abanico de sanciones que va desde los 2.000 euros en España, pasando por multas de entre 1.200 y 6.000 euros en Portugal, hasta 1.500 euros en Alemania, además de sanciones penales en determinados casos.

Una guía para ayudar al sector del transporte de viajeros

Con el objetivo de facilitar el cumplimiento normativo, AUMOVIO, a través de VDO, pone a disposición de las empresas y profesionales del sector una guía especial de sanciones. En ella se recogen las cuantías aplicables por no llevar tacógrafo o por utilizar una versión incorrecta, así como un resumen de cómo cada país está implantando el tacógrafo inteligente de segunda generación.

La guía se centra en los principales corredores utilizados por las empresas españolas y está pensada como una herramienta práctica para gerentes, responsables de flota y conductores profesionales de autobús.

Desde AUMOVIO se insiste en la importancia de no asumir riesgos innecesarios, ya que el endurecimiento de las sanciones en Europa puede afectar directamente a la continuidad del servicio y a la reputación de las empresas de transporte de viajeros.

Por Mayte

Periodista especializada en movilidad y transporte público de viajeros. Editora de las revistas Carril Bus y City Motion

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