El decreto ley permite ampliar los contratos vigentes sin licitación previa, una medida que reabre el debate sobre la quiebra del sistema concesional basado en la competencia

La Generalitat de Cataluña ha aprobado el Decreto ley 5/2026, de 28 de abril, que introduce una modificación profunda en el régimen de las concesiones del transporte público interurbano por carretera. La norma habilita la ampliación del plazo de las concesiones actuales hasta un máximo de seis años, como fórmula de compensación a las empresas operadoras por las inversiones obligatorias en descarbonización de flotas y mejora de los sistemas de información al usuario.

El Govern justifica esta medida en la urgencia de reforzar la oferta de autobuses ante el deterioro del servicio ferroviario de Rodalies, así como en la necesidad de cumplir los objetivos climáticos y de digitalización antes del 1 de enero de 2029. Según el propio decreto, esperar al vencimiento natural de las concesiones —previsto mayoritariamente para finales de 2028— haría inviables estas actuaciones.

Prórrogas condicionadas, pero sin licitación

El decreto establece que las empresas concesionarias deberán presentar planes individualizados de descarbonización y de información al usuario. A cambio, la Administración podrá ajustar al alza la duración del contrato para restablecer el equilibrio económico‑financiero, siempre dentro del límite máximo de seis años y de forma proporcional a las inversiones acreditadas.

Solo en caso de que una empresa no presente el plan, o de que este sea rechazado, la Generalitat prevé activar un nuevo procedimiento de licitación al finalizar la concesión vigente. En la práctica, el diseño normativo permite que la mayoría de los contratos se prolonguen más allá de su fecha de extinción sin concurrencia competitiva.

El cuestionamiento del modelo concesional

Esta solución ha reavivado las críticas de juristas especializados en derecho público y contratación administrativa, que alertan de que la generalización de prórrogas compromete la esencia misma del sistema concesional.

El modelo de concesiones de transporte se fundamenta en la competencia por el mercado: los operadores no compiten durante la vigencia del contrato, sino en el momento clave de la licitación, cuando expira el plazo concesional y se abre el mercado a nuevos aspirantes. Si ese momento desaparece o se difiere de forma sistemática, el sistema pierde su razón de ser, señalan fuentes jurídicas del sector.

A juicio de estos expertos, la reiteración de ampliaciones contractuales —aunque se articulen bajo la cobertura del reequilibrio económico— desnaturaliza el principio de concurrencia, reduce los incentivos a la eficiencia y dificulta la entrada de nuevos operadores, especialmente en un mercado ya concentrado.

Riesgos jurídicos y precedentes

Más allá del debate económico, los especialistas advierten de riesgos jurídicos relevantes. El recurso al decreto ley y la extensión de contratos sin licitación pueden entrar en tensión con el marco europeo de contratación pública y con la doctrina consolidada que considera la licitación periódica un elemento esencial para garantizar la neutralidad competitiva.

El propio decreto reconoce su carácter excepcional y temporal, pero juristas especializados en transporte público nos recuerdan que la excepción amenaza con convertirse en norma en el transporte público, un sector donde las prórrogas sucesivas han sido ya objeto de controversia en otras comunidades autónomas.

Entre la urgencia y el precedente

Desde el Ejecutivo catalán se insiste en que la medida es la “única alternativa viable” dadas las restricciones presupuestarias y la urgencia climática y operativa del sistema. Sin embargo, los detractores subrayan que la falta de licitaciones erosiona la transparencia y el control público, además de hipotecar la futura reorganización integral del mapa concesional.

Mientras tanto, el decreto entra en vigor con un impacto inmediato sobre decenas de concesiones que debían renovarse en los próximos años. El pulso entre la necesidad coyuntural y la coherencia del modelo concesional queda abierto, con una cuestión de fondo aún por resolver: si la excepcionalidad justifica, una vez más, aplazar la competencia.

Por Mayte

Periodista especializada en movilidad y transporte público de viajeros. Editora de las revistas Carril Bus y City Motion

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